La fértil imaginación de los represores

La policía reprimió la marcha por los derechos LGBTI en agosto en una de sus más polémicas intervenciones de este año a nivel internacional. (Ernesto Mastrascusa / EFE)
La policía reprimió la marcha por los derechos LGBTI en agosto en una de sus más polémicas intervenciones de este año a nivel internacional. (Ernesto Mastrascusa / EFE)
Reinaldo Escobar

25 de noviembre 2019 - 17:17

La Habana/La incesante creatividad de los represores en Cuba muestra la tendencia a buscar fórmulas legales que justifiquen, o al menos expliquen, el acoso a que son sometidos aquellos que, no conformes con pensar diferente, lo manifiestan de alguna forma.

A quien ejerce el periodismo independiente le aplican el artículo 149 del Código Penal cuyo fin original es castigar a quien "realice actos propios de una profesión para cuyo ejercicio no está debidamente habilitado"; al detenido que ocasiona con su cuerpo daños en los nudillos de un policía le acusan de atentado en virtud del artículo 142: y al que se defiende de un par de jóvenes fornidos que, sin identificarse, lo introducen a la fuerza en un auto lo encausan apelando al artículo 143 por resistencia.

La innovación más reciente aparece ahora para castigar a los que salen de su casa sin saber que tienen un operativo de la Seguridad del Estado en los alrededores de su vivienda

La innovación más reciente aparece ahora para castigar a los que salen de su casa sin saber que tienen un operativo de la Seguridad del Estado en los alrededores de su vivienda: les imponen una multa por una contravención inexistente denominada "violar el cerco policial".

Al menos esa fue la explicación verbal que le dieron a Nancy Alfaya, activista de la Red de Mujeres por la Igualdad, cuando la liberaron de su última detención en una estación de policía, la semana pasada.

La multa, que llega a los 100 pesos, se ampara en el inciso h del artículo 2 de la Disposición legal 141. Este texto fue firmado en marzo de 1988 por el propio Fidel Castro y su entonces ministro del Interior, José Abrantes.

¿Qué dice realmente ese apartado legal ?

El mencionado artículo 2 sanciona a quienes contravienen las normas de la seguridad colectiva, en particular en su inciso h al que "destruya, deteriore o suprima los dispositivos de seguridad para prevenir la comisión de delitos", A los infractores se les impone una multa de "100 pesos y la obligación de restituirlos [los dispositivos], repararlos o abonar su importe"

Obviamente está concebido para proteger la integridad física de cercados, barreras de contención, luminarias, cámaras y otros accesorios instalados "para prevenir la comisión de delitos". No incluye el acto de burlar (consciente o inconscientemente) a los agentes que cumplen la orden de no dejar salir de su casa a un ciudadano.

El artículo 9 de ese texto aclara que son los miembros de la Policía Nacional Revolucionaria quienes están facultados para imponer las multas y otras medidas. En el caso del inciso h se incluye a los funcionarios del órgano de Protección Física del Ministerio del Interior.

Los recursos de apelación que se interpongan "serán resueltos por el jefe de la unidad municipal de la Policía Nacional Revolucionaria correspondiente al lugar donde aquella se haya cometido" o lo que es igual, la apelación la resuelve el culpable.

La reciente promulgación del Decreto Ley 389, publicado este 18 de noviembre en la Gaceta Oficial, que regula las técnicas de investigación encubiertas, incluye entre otros detalles la interceptación de comunicaciones y la instalación de cámaras y micrófonos ocultos.

La reciente promulgación del Decreto Ley 389 incluye entre otros detalles la interceptación de comunicaciones y la instalación de cámaras y micrófonos ocultos

Si la fantasía legislativa del Gobierno sigue en progreso probablemente estemos en vísperas de ver convertida en realidad la profecía fílmica que hizo en 2004 el realizador Eduardo del Llano en su corto de ficción titulado Monte Rouge en el que un agente se presenta en la casa de Nicanor con un anuncio estremecedor: "vengo a instalar los micrófonos."

Si a un ciudadano sin antecedentes penales, sin estar sometido a una investigación ni a proceso judicial le ponen una multa porque se salta un cerco prácticamente invisible, ahora cabe esperar que la policía política tenga la capacidad de multar a quien hable en voz baja, obstruya en su casa los dispositivos que descubra o use un lenguaje críptico para hablar por teléfono.

Por suerte la imaginación no es un monopolio de los represores.

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