Según la ONAT, un tercio de los contribuyentes subestimó sus ingresos

Vendedora de discos por cuenta propia. (14ymedio)
Vendedora de discos por cuenta propia. (14ymedio)
14ymedio

08 de agosto 2014 - 10:00

La Habana/Juan Carlos Osorio y Alba Rosa Grulla Zayas están en polos opuestos. El primero es un trabajador por cuenta propia que se queja de la persecución de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT). La segunda ocupa un alto cargo en la ONAT, cuyo cometido es perseguir y sancionar a los que no cumplen con sus obligaciones fiscales.

Muchos trabajadores por cuenta propia no están conformes con las estimaciones que realiza la ONAT sobre sus ingresos. "Se van por encima de lo que realmente ganamos", reclama Juan Carlos Osorio, quien recién ha cancelado su licencia como expendedor de alimentos. "No tuve suficiente liquidez para pagar la deuda después de que me informaran que era sub declarante y se demoraron tanto para responder a mi solicitud de una prórroga para el pago, que preferí terminar con esto", cuenta con frustración.

Del otro lado de la trinchera, la especialista principal de fiscalización en la ONAT, Alba Rosa Grulla Zayas, explicó este viernes a los medios nacionales que "a todos los contribuyentes que presentaron su declaración jurada a tiempo" se les dio la oportunidad de rectificarlas de conformidad con los criterios de la administración. Los que no lo hicieron fueron considerados sub declarantes.

Según la ONAT, la última campaña tributaria, que cerró a finales de abril, dejó un preocupante saldo de tardanzas, omisiones y falsedades. Un tercio del total fue considerado como "sub declaraciones".

Un sub declarante es aquel contribuyente cuyos ingresos declarados son inferiores a las estimaciones de la ONAT. A los infractores se les cobró multas de 350 a 10.000 CUP, además de varios recargos.

En cuanto a los que ni siquiera entregaron la declaración jurada –el 6% de los contribuyentes–, se les aplicaron multas de 200 a 2.000 CUP y se les conminaron a presentar su declaración en un término de cinco días hábiles.

Según Alba Rosa Grulla Zayas, de la ONAT, tanto en el caso de los sub declarantes como de los omisos, "si la conducta es reincidente se agrava la sanción, aumentando el monto de la multa y la cancelación de la licencia para ejercer la actividad".

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