EE UU prohíbe usar bancos estatales cubanos para exportar combustible al sector privado en la Isla
Combustible
La suspensión no se aplica a las transacciones que utilicen bancos de terceros países u “otros sistemas de pago”
La Habana/El Departamento de Comercio de Estados Unidos, a través de su Buró de Industria y Seguridad (BIS), determinó que queda suspendida la posibilidad de usar la licencia excepción Support for the Cuban People (SCP) para operaciones vinculadas a exportaciones o reexportaciones hacia Cuba cuando impliquen el depósito de fondos extranjeros en un banco de propiedad estatal.
La medida afecta la forma de cobrar y canalizar pagos en ventas de gas y productos petrolíferos destinadas al sector privado en la Isla y se ha puesto en vigor desde ayer miércoles 4 de marzo.
BIS argumenta en su publicación oficial que existen “problemas prolongados y documentados” de desvío y cobros de comisiones asociados a la banca cubana, y recalca que varios de estos bancos están en la Lista Restringida (Cuba Restricted List) por su vínculo con instituciones militares, de inteligencia o seguridad.
El documento precisa que la suspensión no aplica a exportaciones, reexportaciones o transferencias que no involucren bancos cubanos, por ejemplo, transacciones que utilicen bancos de terceros países u “otros sistemas de pago” que no impliquen depositar fondos extranjeros en bancos cubanos.
El documento también incluye una cláusula transitoria: la suspensión no aplica a exportaciones o reexportaciones que ya estuvieran en ruta antes del 4 de marzo de 2026 hacia un puerto de exportación o reexportación, siempre que la operación estuviera basada en órdenes reales y se complete a más tardar el 3 de abril de 2026.
Permitir depósitos de fondos en bancos del Estado cubano puede generar ingresos o contribuir al funcionamiento del aparato estatal, algo que, según BIS, es contrario al objetivo de SCP, diseñado para respaldar la actividad económica “independiente” en Cuba.
El mensaje de BIS traza límites claros en el mecanismo financiero para que los pagos se realicen por canales que no pasen por la banca estatal cubana
Las regulaciones estadounidenses contemplan dos posibles vías dentro de la licencia SCP para autorizar exportaciones de gas y productos petrolíferos hacia Cuba.
La primera, permite exportaciones destinadas al sector privado cubano para actividades económicas del propio sector privado, incluidas aquellas que respondan a necesidades humanitarias. Para aplicar esta excepción, los productos deben estar dirigidos al sector privado y utilizarse en actividades económicas independientes. Sin embargo, la licencia no es válida si la operación genera ingresos principalmente para el Estado o contribuye al funcionamiento del aparato estatal, por ejemplo mediante proyectos relacionados con infraestructura pública.
La segunda vía, contempla exportaciones de estos productos vendidos directamente a ciudadanos cubanos para su uso personal o el de su familia inmediata. Aunque los envíos no tienen que hacerse directamente a los individuos, el destino final debe ser su consumo personal. Esta autorización queda excluida si los productos terminan en manos de funcionarios del Gobierno cubano, empleados de los ministerios de Defensa o Interior, u otras entidades vinculadas al Estado, incluidas las que figuran en la Cuba Restricted List.
El documento recuerda además que los exportadores son responsables de verificar que la operación cumpla todas las condiciones de la licencia SCP; de lo contrario, deben solicitar una licencia individual específica ante las autoridades estadounidenses.
El mensaje de BIS traza límites claros en el mecanismo financiero para que los pagos se realicen por canales que no pasen por la banca estatal cubana. Eric Martin, portavoz del Departamento de Estado, recalcó que las instituciones bancarias de terceros países (por ejemplo, España, Panamá) siguen estando autorizadas para estos fines.