De 4 a 14 años de cárcel por convocar por Facebook una marcha en Las Tunas que no ocurrió

Tribunales

Dos de los cuatro condenados, Ana Ibis Trista Padilla y Jarol Varona Agüero, habían sido absueltos en primera instancia

Ana Ibis Tristá Padilla, de 36 años, fue llevada a prisión en el momento de notificarle la sentencia.
Ana Ibis Tristá Padilla, de 36 años, fue llevada a prisión en el momento de notificarle la sentencia. / Facebook
14ymedio

24 de septiembre 2025 - 05:01

Madrid/Cuatro personas acaban de ser sancionadas por tribunales cubanos por sus críticas al Gobierno a través de Facebook, denunció este martes el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (Ocdh), que tuvo acceso a la sentencia. Dos de los condenados habían sido absueltos meses atrás por no hallarse pruebas en su contra, pero, tras un recurso de la Fiscalía, el Tribunal Supremo anuló la sentencia y ordenó repetir el juicio.

La mayor afectada es Ana Ibis Trista Padilla, esposa del preso político del 11J Damián de Jesús Echavarría, que ha recibido una pena de 14 años de prisión por los delitos de propaganda contra el orden constitucional y “otros actos contra la seguridad del Estado”. La activista había convocado una protesta pacífica que no llegó a desarrollarse en un parque de Las Tunas en 2023. 

En el mismo caso, el tribunal ha impuesto una pena de 13 años a Jarol Varona Agüero, por del delito de “otros actos contra la Seguridad del Estado”, mientras que se reservaron sanciones más reducidas para Félix Daniel Pérez Ruiz (5 años) y a Cristhian de Jesús Peña Aguilera (4 años), ambos por “propaganda contra el orden constitucional”. 

El 24 de noviembre de 2024, se celebró el juicio en un tribunal de Santiago de Cuba que –en enero de 2025– absolvió “por insuficiencia de pruebas” a Trista Padilla y Varona Agüero. Los otros dos acusados recibieron las mismas penas que se les han impuesto en la actualidad, a Pérez Ruiz por “realizar críticas al régimen en Facebook” y a Peña Aguilera por “activar la opción de compartir”.

Los otros dos acusados recibieron las mismas penas que se les han impuesto en la actualidad, a Pérez Ruiz por “realizar críticas al régimen en Facebook” y a Peña Aguilera por “activar la opción de compartir”

El fiscal, Adán Vicente Santos Santos, recurrió ante el Supremo, cuya sala de Delitos contra la Seguridad del Estado anuló la sentencia el pasado 21 de mayo y el nuevo juicio se celebró recientemente. De acuerdo con el comunicado del Observatorio, Tristán Padilla fue convocada el pasado 19 de septiembre para ser notificada de la decisión y “en ese mismo acto fue detenida y llevada para la prisión en Las Tunas”, de donde es originaria. 

El relato de los hechos probados señala que el 7 de mayo de 2023 Félix Daniel Pérez Ruiz publicó en su perfil de Facebook un mensaje crítico con el Gobierno en el que llamaba a otros usuarios a compartir su publicación y convocaba a una marcha vestidos de blanco el 14 de mayo a las 10:00 de la mañana en el parque Vicente García, de Las Tunas. El acto, sin embargo, nunca se celebró por la intervención de la Policía.

Cristhian de Jesús Peña Aguilera, amigo de Pérez Ruiz, compartió la publicación, mientras Ana Ibis Trista Padilla contactó con ellos y mantuvieron un encuentro en un restaurante al día siguiente. La sentencia describe a la activista tunera como alguien que “ha mantenido una postura activa en las redes sociales en aras de desacreditar el proceso político económico en Cuba”. 

Siguiendo el relato, Trista Padilla asesoró a ambos jóvenes sobre cómo podían ganar más seguidores y difundir la convocatoria. Los dos fueron detenidos el 9 de mayo, quedando la marcha en suspenso. 

A inicios de noviembre del mismo año, la acusada se comunicó con Jarol Varona Agüero, “quien también se oponía al sistema político cubano” y lo puso en contacto con Autodefensa del Pueblo (ADP), una organización que aparece en la lista antiterrorista aprobada por el régimen cubano en julio bajo el epígrafe de entidades u organizaciones criminales radicadas en Estados Unidos que organizan, financian, proveen medios y ejecutan acciones contra la seguridad del Estado cubano. Supuestamente, el acusado mostró su interés en ejecutar una acción y recibió instrucciones para fabricar cócteles molotov y “lanzarlos contra un edificio del Ministerio del Interior en Las Tunas”. 

En la sentencia anterior se determinó que “no se le ocupó nada material relacionado con evidencias de actos terroristas, dígase sustancias, planos o recipientes idóneos para ello” y “no se permite concretar la tesis acusatoria” del fiscal. Los jueces tuvieron en cuenta no solo las declaraciones de los acusados, que negaron implicación con hechos violentos, sino también actas con las que se certificó el contenido de sus teléfonos y que no había nada en ellos que les implicara. Lo mismo ocurrió con el certificado bancario, que acreditó que sus cuentas no tenían saldo. 

Todo esto, probado en primera instancia, ha sido tumbado en el nuevo juicio, donde han prevalecido, destaca el Ocdh, el testimonio de los oficiales y los informes de inteligencia para sustentar la acusación. “No se mencionan testigos independientes o pruebas que no provengan del aparato de seguridad del Estado. Los ‘informes institucionales’ sobre los vínculos de los acusados con grupos opositores no son transparentes y no se puede verificar su veracidad”, denuncia la organización.

“Estamos ante un proceso que criminaliza la libertad de expresión y de manifestación, ambos derechos interpretados como propaganda contra el orden constitucional”

El Ocdh subraya que los testimonios se han utilizado siguiendo instrucciones represivas para neutralizar la disidencia política y que la conexión con exiliados –que no está probada– se emplea con el único fin de justificar la represión y presentar a los acusados como agentes de intereses extranjeros. Y lamenta: “Estamos ante un proceso que criminaliza la libertad de expresión y de manifestación, ambos derechos interpretados como propaganda contra el orden constitucional”.

La ONG, con sede en Madrid, aprovechó el momento para señalar que el activista Alexander Verdecia Rodríguez, miembro de la Unión Patriótica de Cuba (Unpacu) en Granma, fue detenido en febrero de este año y el fiscal pide 10 años de prisión por hecho similares a los del caso de Trista padilla. El opositor está acusado de “propaganda contra el orden constitucional” e “instigación a delinquir” después de haber publicado críticas al Gobierno en Facebook. 

“Su proceso refleja las mismas irregularidades: acusaciones sin pruebas suficientes y un uso político de la justicia para castigar la libertad de expresión. Estos casos muestran un patrón: en Cuba, opinar en redes sociales puede costar años de prisión”.

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