La "peligrosidad predelictiva" sale del Código Penal cubano, pero se legaliza la "regulación"

Presentan la nueva Ley de Proceso Penal, en la que seguirán vigentes "medidas cautelares" que de forma arbitraria se aplican a opositores y activistas

El corte del servicio de internet por el régimen ha impedido que las denuncias de los arrestos salgan a la luz con prontitud. (Captura)
Asociaciones como Human Rights Watch aseguran que los detenidos en las manifestaciones antigubernamentales no solo han sufrido torturas y trato inhumano, sino que la Justicia no se les ha aplicado correctamente. (Captura)
14ymedio

20 de octubre 2021 - 19:04

La Habana/El Gobierno eliminará la "peligrosidad predelictiva", una figura legal que ha utilizado durante años para encarcelar a opositores y cuya supresión ha sido reclamada desde organizaciones internacionales como Amnistía Internacional o Human Rights Watch.

Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular, sostuvo este martes en el programa televisivo Mesa Redonda que la medida queda excluida en la nueva Ley de Proceso Penal (LPP), aún sin aprobar. "El derecho penal sólo se ocupa de hechos que sean delitos establecidos en el Código Penal", dijo al respecto.

Hasta ahora, este delito se ha usado como un mecanismo de penalización antes de una supuesta comisión futura de un delito, al estilo del filme Minority Report.

A la peligrosidad predelictiva también puede llegarse después de recibir varias "cartas de advertencia" un llamado de atención que con frecuencia se aplica contra jóvenes que no tienen un vínculo laboral, muestran opiniones críticas sobre el Gobierno o, simplemente, tienen la mala suerte de no gustarle al Jefe de Sector de la policía de su barrio.

Entre las novedades anunciadas, el magistrado destacó que cualquier acusado por algún delito tiene derecho a disponer de asistencia letrada "desde el mismo inicio del proceso"

Entre las novedades anunciadas, el magistrado destacó que cualquier acusado por algún delito tiene derecho a disponer de asistencia letrada "desde el mismo inicio del proceso". Ese momento se produce cuando se da a conocer a la persona los cargos que se le imputan y quién acusa, algo que, sobre el papel, debería producirse dentro de las primeras 24 horas desde su detención o en los cinco días posteriores si está en libertad.

En caso de que el acusado se declare culpable de un delito y esté conforme con las acusaciones y la sanción propuesta, se puede prescindir de juicio y el tribunal dictará la sentencia acordada.

La nueva norma establecerá también que ningún ciudadano pueda ser privado de libertad salvo por las autoridades competentes, además de, asegura el juez, "fortalecer la presunción de inocencia y el derecho a comunicarse" con la familia inmediatamente, prácticas habituales en la Justicia que en la actualidad no se producen en Cuba y que, al menos en teoría, deberán empezar a llevarse a cabo.

"En el caso de la medida de prisión provisional, se regula con mayor precisión cuándo se puede solicitar. Incluso, el proyecto de ley incorpora el control judicial, la opción que tienen los abogados de solicitarle al tribunal que revise la legitimidad de esa prisión provisional", añadió Ferro.

La ley prevé también que las víctimas de un delito sean reconocidas como parte, lo que les confiere derechos que hasta ahora no tenían, como el de estar presentes en el proceso, nombrar abogados, proponer pruebas y reclamar indemnizaciones.

Ferro explicó que las decisiones se han tomado con el fin de modernizar la Justicia cubana y armonizarla con los tratados internacionales con los que Cuba está comprometida y asegura que las nuevas leyes se ajustan a la Constitución de 2019 y los lineamientos y cuentan con la aprobación de los expertos.

Ferro explicó que las decisiones se han tomado con el fin de modernizar la Justicia cubana y armonizarla con los tratados internacionales con los que Cuba está comprometida

Frente al triunfalismo de Remigio Ferro, y aunque no lo mencionó en televisión nacional, en la nueva norma siguen estando vigentes variables represivas que de forma arbitraria se aplican con frecuencia contra opositores, activistas y periodistas independientes, como son la reclusión domiciliaria y la prohibición de salida del país, clasificadas en el nuevo proyecto de LPP como "medidas cautelares".

Además, se formaliza en papel la prohibición de salida del territorio nacional, eso que llaman popularmente estar regulado, que hasta ahora no estaba en la ley, en los casos en que el acusado esté implicado en delitos que conlleven "reparaciones materiales o indemnizaciones de perjuicios de elevadas cuantías"; en hechos "de elevada lesividad o repercusión social"; en delitos en que "hayan causado graves daños a la economía del país" y en "cualquier otro caso en que existan razones fundadas de que va a intentar abandonar el territorio nacional para esquivar el proceso".

El presidente del Supremo ha asegurado en diversas ocasiones desde las protestas del 11 de julio que los procedimientos judiciales se siguen conforme a derecho en Cuba, con todas las garantías debidas según la ley actual. Sin embargo, las asociaciones, como este mismo miércoles Human Rights Watch, aseguran que los detenidos en las manifestaciones antigubernamentales no solo han sufrido torturas y trato inhumano, sino que la Justicia no se les ha aplicado correctamente y han sufrido detenciones arbitrarias, y juicios falsos.

Este hecho comprobado pone en tela de juicio la buena voluntad que puede regir la nueva ley, pues no es la primera vez que incluso la práctica de los tribunales contradice las palabras del jefe del Supremo.

La Fundación para los Derechos Humanos en Cuba incorporó en 2019 a Remigio Ferro a su lista de represores del régimen después de la publicación de un tuit en la que el alto funcionario recordaba la existencia de la ley 88, también conocida como Ley Mordaza, como instrumento para penalizar a quienes "apoyen, faciliten o colaboren con los objetivos de la Helms-Burton".

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