Ley complicada, trampa fácil

El impuesto sobre los ingresos personales se fijará cuando existan retribuciones mensuales a partir de los 2.500 pesos cubanos. (ONAT)
El impuesto sobre los ingresos personales se fijará cuando existan retribuciones mensuales a partir de los 2.500 pesos cubanos. (ONAT)
Reinaldo Escobar

08 de septiembre 2016 - 10:33

La Habana/La noticia de que a partir del próximo mes de octubre se aplicarán impuestos sobre Ingresos Personales y se introducirá la Contribución Especial a la Seguridad Social ha traído inquietudes de todo tipo entre los trabajadores del sistema empresarial estatal cubano.

Prejuicios sólidamente cimentados por la tradición y la experiencia personal hacen temer que, cuanto menos comprensible resulte una medida, más posibilidades hay que se cometan errores y, desde luego, injusticias. La queja más extendida consiste en que el salario no alcanza para vivir y cualquier descuento se traduce en la pérdida de beneficios vitales, entiéndase alimentos o insumos para la higiene personal de la familia.

El argumento esgrimido por Meisi Bolaños Weis, viceministra del Ministerio de Finanzas y Precios de que gracias a esta contribución "se recibirá un beneficio directo o indirecto a mediano y/o corto plazos, a través del Sistema de Seguridad Social", no satisface a quienes hasta ahora han apostado a trabajar más para recibir beneficios directos de forma inmediata.

La viceministra del Ministerio de Finanzas y Precios afirma que gracias a esta contribución "se recibirá un beneficio directo o indirecto a mediano y/o corto plazos, a través del Sistema de Seguridad Social"

La Contribución Especial a la Seguridad Social (CESS) consiste en un tipo impositivo fijo del 5%. La aportarán todos aquellos que trabajan en el sistema empresarial estatal que obtengan en un mes un salario superior a 500 pesos siempre que en ese monto incida uno de los siguientes conceptos: a) pago adicional del presupuesto empresarial, b) aplicación del pago por rendimiento, o c) distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia empresarial.

Cualquiera que tenga una calculadora a mano se dará cuenta de que un trabajador al que en un mes le corresponda devengar 501 pesos, solo recibirá 474,95 al aplicársele un descuento del 5% o, lo que es igual, que a causa de recibir un peso más por encima de 500, perdió 25,05. En el caso de que hubiera recibido 525, obtendrá 474 pesos y habrá perdido 26,25.

Obviamente los asalariados cubanos estarán atentos de no superar su salario en estos rangos porque, paradójicamente a partir de ahora, para echar 500 pesos en el bolsillo deberán ganar al menos 535.

En el caso del otro tributo sobre los ingreso personales (IsIP), dispuesto en la Ley 113 del Sistema Tributario, lo que se recaude nutrirá los presupuestos del municipio donde esté enclavada la empresa para el sostenimiento de los servicios de salud, educación, alumbrado público y otros.

De esta manera, si el trabajador no vive en el municipio donde radica su centro de trabajo, como es habitual sobre todo en La Habana, no se beneficiará directamente de su contribución. No disfrutará de las mejoras en la infraestructura y los servicios locales que ha ayudado a costear.

Según las cifras oficiales, el salario medio en el sector empresarial estatal ronda los 779 pesos, pero el IsIP solo se aplicará a quienes perciban aproximadamente el triple de esta cifra

Según las cifras oficiales, el salario medio en el sector empresarial estatal ronda los 779 pesos, pero el IsIP solo se aplicará a quienes perciban aproximadamente el triple de esta cifra, o sea a partir de 2.500 pesos pagarán el 3%, y quienes superen los 5.000 aportarán el 5%. Todos estos contribuyentes estarán sujetos, además, a que se les descuente el 5% adicional para aportar a la CESS.

Resulta llamativo que la aplicación del cobro de estos nuevos tributos no aparece reflejada de forma explícita en los lineamientos del VII congreso del Partido, donde la mención al tema se limita a generalidades referidas a perfeccionar el sistema tributario.

Ya todo el mundo está sacando cuentas, porque el trabajo del presente mes se verá reflejado en el próximo cobro de octubre, que será cuando se podrán percibir las afectaciones. La única buena noticia es que para pagar no habrá que inscribirse en ningún sitio como contribuyente ni hacer una cola en un banco, sino que gentilmente la empresa que paga al trabajador descontará lo que corresponda el día del cobro.

La emblemática capacidad cubana de encontrar una trampa a cada nueva ley será puesta a prueba con esta nueva disposición.

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