La nueva ley agraria permite traspasar a familiares la tierra de campesinos emigrados

Agricultura

La norma concreta la reforma anunciada y abre la puerta a la exportación directa

La nueva normativa flexibiliza la herencia de las tierras a familiares
La nueva normativa flexibiliza la herencia de las tierras a familiares / 'Granma'
14ymedio

09 de septiembre 2026 - 16:44

La Habana/El régimen cubano ha concretado en leyes la reforma agraria que anunció el pasado julio. A partir de ahora, en virtud de lo publicado este miércoles en la Gaceta Oficial, se permitirá traspasar la propiedad de tierras de campesinos declarados emigrados de forma gratuita a familiares cercanos, como hijos, cónyuges, padres o hermanos, que “asuman el compromiso de continuidad en la producción agropecuaria y forestal”, lo que evitaría la pérdida automática del bien a favor del Estado.

La nueva norma flexibiliza, así, la herencia de tierras a familiares, pues introduce la posibilidad de convenir mediante una escritura pública notarial (pacto sucesorio) quién asumirá la titularidad de las tierras de un campesino antes de su fallecimiento, “siempre y cuando se garantice la continuidad de la producción”, en un plazo máximo de seis meses.

Los campesinos o usufructuarios que viajen al exterior, por su parte, están obligados a otorgar un apoderamiento legal expreso para la administración temporal de la tierra.

Las disposiciones de la ley, que forma parte de las reformas económicas anunciadas en junio pasado, también amplía explícitamente la entrega de tierras en usufructo a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) estatales, privadas y mixtas, así como a proyectos de desarrollo local e inversiones extranjeras, “para la producción de alimentos, bienes y servicios agropecuarios o forestales, en correspondencia con las estrategias de desarrollo municipal”.

En cuanto al uso de las tierras, la ley amplía oficialmente su uso para ecoturismo, agroturismo y turismo rural

En cuanto al uso de las tierras, la ley amplía oficialmente su uso para ecoturismo, agroturismo y turismo rural, “como acciones complementarias a la producción, transformación y comercialización de alimentos, para diversificar los ingresos y el desarrollo de la agricultura, como otra fuente financiera de la producción fundamental”.

Sobre el derecho de los usufructuarios a construir su vivienda en la tierra entregada, siempre dentro de un límite del 5% del área para obras, abre la puerta para adquirir la propiedad después de cinco años o más de trabajo continuo.

Asimismo, se establece, por primera vez, un procedimiento específico para el sacrificio y comercialización de carne de ganado bovino y équidos por los productores, lo que modifica el esquema establecido en 2021 y permite incluso que personas sin tierras puedan dedicarse a la ceba de determinados animales.

Otro apartado importante es la apertura a la exportación directa de productos por parte de “cooperativas agropecuarias”. La nueva ley les permite asociarse con entidades estatales y formas de gestión no estatal, cubanas, además de ser sujeto directo de inversión extranjera “en las modalidades de empresa mixta o contrato de asociación económica internacional”.

Además, se les autoriza a comercializar insumos y equipos en divisas, acceder al mercado cambiario y operar cuentas bancarias en el extranjero.

La nueva batería legal promete un rediseño de los órganos colegiados con presencia a nivel municipal, provincial y nacional para fiscalizar, simplificar y resolver disputas sobre la tierra y usufructos, buscando una mayor agilidad procedimental.

Para ello, también se busca integrar y fortalecer el Registro Administrativo de la Tierra en coordinación con el Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles, lo que exigirá la inscripción obligatoria de todos los propietarios de tierra.

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