Por primera vez en décadas, las empresas extranjeras ya pueden contratar su personal sin la mediación del Estado

Cuba

Los particulares podrán ejercer de guías turísticos, con la condición de “promover los valores éticos y morales de la sociedad cubana”

La Resolución 56 del Ministerio de Trabajo precisa que los empleados actuales no podrán comenzar a percibir ingresos inferiores a los que reciben en estos momentos.
La Resolución 56 del Ministerio de Trabajo precisa que los empleados actuales no podrán comenzar a percibir ingresos inferiores a los que reciben en estos momentos. / Cubadebate
14ymedio

03 de septiembre 2026 - 14:01

La Habana/Las empresas extranjeras y mixtas ya no estarán obligadas a recurrir a la intermediación del Estado cubano para contratar a sus trabajadores. El cambio, anunciado en junio, quedó recogido este jueves en el Decreto-Ley 128, publicado en la Gaceta Oficial número 73. 

La publicación de las nuevas normas no estuvo exenta de descuidos. En el propio sumario de la Gaceta Oficial, el Decreto-Ley 128 aparece como modificativo de la “Ley 18”, cuando se trata de la Ley 118, y hasta se escribe “Inverción Extranjera”. Una entrada poco pulcra para un paquete normativo con el que el Gobierno pretende dar mayor seguridad a los inversores.

Más allá de esas erratas, el Decreto-Ley introduce un cambio sustancial en el régimen laboral de la inversión extranjera: los cubanos y extranjeros residentes permanentes que trabajen para empresas mixtas, compañías de capital totalmente extranjero o contratos de asociación económica internacional podrán ser reclutados directamente por estas entidades. La posibilidad de recurrir a una empleadora estatal se mantiene, pero deja de ser obligatoria.

La nueva legislación es, sin embargo, más prudente: no elimina las entidades empleadoras, sino que convierte su utilización en una opción

Hasta ahora, la empresa extranjera pagaba por la fuerza laboral a una entidad cubana que era jurídicamente la empleadora del trabajador y administraba su contratación. El sistema, que durante años provocó muchas críticas, impedía además que los empresarios establecieran directamente la relación laboral con sus empleados.

El primer ministro, Manuel Marrero, ya había anunciado el cambio ante la Asamblea Nacional en junio. “Una empresa extranjera puede contratar libremente a sus trabajadores sin que medie un tercero”, dijo entonces, al presentar unas reformas que el Gobierno insiste en considerar compatibles con el “proyecto socialista”.

La nueva legislación es, sin embargo, más prudente: no elimina las entidades empleadoras, sino que convierte su utilización en una opción. Las compañías que actualmente recurren a estas estructuras estatales y decidan comenzar a contratar directamente dispondrán de un período de transición de hasta 60 días para trasladar la documentación y los procedimientos relacionados con su plantilla. La Resolución 56 del Ministerio de Trabajo precisa, además, que los empleados actuales no podrán comenzar a percibir ingresos inferiores a los que reciben en estos momentos.

La reforma también permite a las empresas extranjeras ofrecer gratificaciones en divisas a sus trabajadores, siempre que generen esos recursos. Los órganos de administración podrán decidir asimismo qué hacen con sus utilidades, incluida la creación de fondos de estimulación, una decisión que anteriormente necesitaba autorización administrativa.

Las personas jurídicas que ya tengan facultades para importar o exportar podrán comerciar con todas las mercancías que no aparezcan expresamente en la lista de productos prohibidos o restringidos

Otro cambio relevante afecta el acceso al sistema financiero internacional. Las empresas mixtas y los inversionistas nacionales que participan en contratos de asociación económica podrán abrir cuentas en bancos extranjeros sin obtener previamente el permiso del Banco Central de Cuba. En adelante bastará con comunicarlo a la institución, que deberá ser informada en un plazo de siete días.

No se trata, sin embargo, de una autorización general para que cualquier empresa privada cubana mantenga libremente cuentas en el exterior, sino de una facilidad circunscrita a determinadas modalidades de inversión extranjera.

La Gaceta flexibiliza además las operaciones de comercio exterior. Las personas jurídicas que ya tengan facultades para importar o exportar podrán comerciar con todas las mercancías que no aparezcan expresamente en la lista de productos prohibidos o restringidos. 

La Resolución 68 permite a los particulares operar agencias de viajes, incluidas agencias mayoristas, minoristas y online. Estas podrán comercializar paquetes, alojamiento, transporte, excursiones y otros servicios, aunque necesitarán una licencia del Ministerio de Turismo con una vigencia de tres años.

La Resolución 69 abre igualmente a actores privados el transporte turístico terrestre y el alquiler de vehículos, un negocio tradicionalmente monopolizado por empresas vinculadas al Estado. Los nuevos operadores tendrán que cumplir requisitos sobre seguros, mantenimiento, inspección técnica y otras condiciones para obtener su licencia.

Por su parte, la Resolución 70 crea la figura del “guía autónomo”, que podrá ejercer sin relación laboral con una agencia turística. La independencia tiene límites: los aspirantes deberán ser capacitados y habilitados por Formatur, aparecer inscritos en el Directorio Nacional de Guías y poseer una credencial oficial.

Oniel Díaz, cofundador de la consultora Auge, recibió las nuevas normas con entusiasmo y las presentó como “cambios muy importantes” en dos áreas clave, la inversión extranjera y el turismo

Entre las obligaciones de estos profesionales, la norma no se limita a cuestiones técnicas. Les exige “promover los valores éticos y morales de la sociedad cubana”, mantenerse actualizados sobre el acontecer político y social del país y actuar contra conductas que, según las autoridades, dañen los “intereses del país, la sociedad, el pueblo o sus instituciones”.

Tras anunciarse las medidas en junio, varios economistas mostraron su escepticismo y advirtieron de que el alcance de las reformas dependería de su aplicación práctica y del margen discrecional que conservaran las autoridades.

La necesidad de atraer capital y divisas aparece detrás de buena parte del nuevo marco. La propia consultora cubana Auge señaló en julio que las reformas respondían menos a un giro ideológico que a la constatación de que el modelo anterior ya no podía sostener las necesidades económicas del país.

Oniel Díaz, cofundador de la consultora Auge, recibió las nuevas normas con entusiasmo y las presentó como “cambios muy importantes” en dos áreas clave, la inversión extranjera y el turismo. A su juicio, la actualización “constituye un avance en la simplificación de los procedimientos y en la apertura de nuevos actores económicos”, dentro de la estrategia oficial de “perfeccionamiento del modelo de gestión”. 

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