Los habanos marroquíes pierden otra batalla judicial

El tribunal decide que la protección de la marca, propiedad de la empresa cubana, prima sobre el nombre comercial de la magrebí

La empresa cubana inició en 2016 una acción judicial contra la empresa Habanos S.A y su propietario Mulay Omar Zehraui por "piratería y competencia desleal".
La empresa cubana inició en 2016 una acción judicial contra la empresa Habanos S.A y su propietario Mulay Omar Zehraui por "piratería y competencia desleal".
14ymedio

08 de diciembre 2020 - 15:41

Madrid/Hace nueve años, cuando el tabaco dejó de ser monopolio del Estado en Marruecos, Moulay Omar Zahraoui tuvo la idea de registrar la marca Habanos S.A. y comercializar cigarros "100% marroquíes", elaborados con hojas plantadas y tratadas en el norte del país a partir de semillas dominicanas.

En 2016, un año después de que Habanos S.A. obtuviera licencia para comercializar el tabaco, la Corporación Habanos denunció a la empresa por "piratería y competencia desleal" pero perdió el juicio en primera instancia y la apelación, para satisfacción de Zahraoui, que dijo entonces que estudiaba reclamar una alta indemnización a la tabacalera cubana. Sin embargo, la disputa no se detuvo y un tribunal de casación revocó la sentencia, que ha vuelto a los tribunales este año.

El nuevo conflicto judicial involucra a la compañía de Zahraoui y Sociedad marroquí de tabacos (SMT) y sus suministradores, entre los que se encuentra la Corporación Habanos, que ha entrado voluntariamente en la disputa. Habanos S.A. acusaba a la tabacalera estatal marroquí de explotar ilegalmente su nombre comercial para la venta de cigarros, pero la sentencia, dictada en octubre y cuyo contenido no trascendió hasta este lunes, concluye que Zahraoui no tiene nada que reclamar y además, le reprocha que intente acusar a otros de una práctica de la que él mismo se ha beneficiado durante estos años.

La sentencia concluye que Zahraoui no tiene nada que reclamar y además, le reprocha que intente acusar a otros de una práctica de la que él mismo se ha beneficiado durante estos años

El tribunal reconoce que "la protección de la marca Habanos, propiedad de la empresa cubana, prima sobre el nombre comercial de Habanos SA", por lo que no cabe reclamación alguna de la empresa privada marroquí contra la SMT.

La sentencia consta de 39 páginas dedicadas a documentar la compleja disputa comercial. Habanos SA acusó a SMT y Mustapha Bouli de competencia desleal por vender habanos, a su vez suministrados por la Corporación cubana, de la que es distribuidor exclusivo en Marruecos.

Según el tribunal, Habanos S.A. copió a la empresa mixta de la Isla, elaboró sus productos con la misma técnica y adoptó como nombre comercial su marca. Los magistrados señalan que Corporación Habanos registró su marca en 1994 en virtud de la Convención de Madrid, y en 1999 en Tánger, en la Oficina de Propiedad Industrial de Marruecos. Sin embargo, Habanos SA registró su razón social en 2011.

Los jueces consideran que la compañía marroquí fue quien cometió "competencia desleal" al registrar "su nombre comercial" en una fecha posterior. Además, señalan que la "notoriedad" de la marca cubana por sí sola justifica su protección y citan la abundante jurisprudencia en que lo fundamentan. Según el tribunal, para que un nombre esté debe ser "personalizado, individualizado y original", lo que lo "inmuniza" contra la confusión con otros nombres o marcas. Habanos es, recuerdan, una "denominación de origen" y una "indicación geográfica" que designa al producto, originario de una determinada región y cuya "reputación u otras características determinadas se deben exclusiva o principalmente al medio geográfico, incluidos los factores naturales y humanos", en este caso la capital de Cuba.

En la sentencia se indica que para que el nombre comercial Habanos SA adquiera relevancia, también debe ser utilizado de manera "efectiva, seria y continuada", algo que, según la documentación disponible, no ocurrió.

La suma de todos estos factores lleva a los jueces a determinar que, puesto que la propiedad de la empresa cubana prima sobre el nombre comercial de la marroquí, no cabe interponer ninguna demanda contra SMT y su distribuidor

La suma de todos estos factores lleva a los jueces a determinar que, puesto que la propiedad de la empresa cubana prima sobre el nombre comercial de la marroquí, no cabe interponer ninguna demanda contra SMT y su distribuidor. La sentencia sienta jurisprudencia y, por tanto, podría influir en otros casos que rodean a esta compleja disputa, ya que Habanos SA también litiga con la empresa Progys, otra suministradora de SMT, por un caso similar y puede determinar la causa pendiente ahora con la Corporación cubana en el Tribunal de Apelaciones.

Zahraoui ya había tenido problemas derivados de impagos de multas por medidas cautelares mientras se resolvían las causas y en Marruecos se le acusa de opacidad, tanto en su empresa, ya que se niega a mostrar la fábrica a la prensa, como por no presentar sus balances de cuentas a las autoridades, que le atribuyen impagos de impuestos. En la prensa local, de hecho, se ha llegado a especular que Habanos S.A. sea una empresa fantasma.

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