El régimen cubano revoca la excarcelación del preso del 11J Marlon Brando Díaz
Tribunales
El joven, que cumple una pena de 18 años por sedición, pierde el beneficio de prisión domiciliaria y regresa a la cárcel
Madrid/El régimen cubano ha revocado la excarcelación del preso político del 11J Marlon Brando Díaz Oliva, que se hallaba en régimen de reclusión domiciliaria, un beneficio que le fue concedido en enero de este año como parte del acuerdo entre Washington y La Habana mediado por el Vaticano.
La información fue adelantada este jueves por el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), con sede en Madrid, y a esta hora se desconocen los detalles sobre el regreso a prisión, aunque fuentes cercanas afirmaron a 14ymedio que Díaz Oliva había abandonado unos minutos su residencia para hacer una compra. El joven, de 23 años, había sido condenado por sedición en 2022 a 18 años de prisión y hasta el momento de su regreso a casa había cumplido tres años y seis meses de su pena.
Díaz Oliva formaba parte del gran grupo de sentenciados por las manifestaciones antigubernamentales del 11 de julio de 2021 en la esquina de Toyo y en La Güinera, en La Habana. En seis causas que agrupaban a 128 personas, el Tribunal Supremo Popular hizo públicas sentencias que sumaban en total 1.916 años. La mayoría de los acusados fueron sancionados por delitos graves como el de sedición, con penas que alcanzaban los 30 años de cárcel. El Alto Tribunal puntualizó que los condenados estaban involucrados en "graves disturbios y hechos vandálicos con el propósito de desestabilizar el orden público, la seguridad colectiva y la tranquilidad ciudadana".
“Estas revocaciones evidencian que la liberación de los presos políticos no es más que un instrumento temporal, sin garantías jurídicas ni respeto a los derechos fundamentales”, afirmó el OCDH.
“Estas revocaciones evidencian que la liberación de los presos políticos no es más que un instrumento temporal, sin garantías jurídicas ni respeto a los derechos fundamentales”
El 14 de enero, Cuba anunció que excarcelaría a 553 personas como gesto hacia el Vaticano por el año jubilar decretado por el –ahora fallecido– papa Francisco. La noticia llegaba minutos después de que la Administración de Joe Biden informara de la salida de la Isla de su lista de países patrocinadores del terrorismo, a la que volvió una semana después, el mismo día en que Donald Trump tomó posesión.
La Habana defendió que las excarcelaciones fueron una medida unilateral y soberana, pero la coincidencia ponía de manifiesto que se trataba de un acuerdo facilitado por el Vaticano. En marzo, con el proceso concluido, las organizaciones de derechos humanos contabilizaron unos 200 presos políticos beneficiados por la medida. El resto, la mayoría, eran presos comunes.
La vicepresidenta del Tribunal Supremo, Maricela Sosa Ravelo, sostuvo entonces que los beneficiarios debían cumplir ciertas obligaciones, como comparecer regularmente ante un juez, seguir con las sanciones accesorias y hacerse cargo de la responsabilidad civil, en caso contrario, “habría consecuencias”. "Estos beneficios podrían ser revocados ante el incumplimiento de las obligaciones de los excarcelados y regresarían entonces al establecimiento penitenciario para completar el tiempo pendiente de la sanción", explicó.
"Estos beneficios podrían ser revocados ante el incumplimiento de las obligaciones de los excarcelados y regresarían entonces al establecimiento penitenciario para completar el tiempo pendiente de la sanción"
Apenas una semana después del fallecimiento, en abril, del papa Francisco, José Daniel Ferrer y Félix Navarro, dos de los excarcelados más conocidos, regresaron a prisión por un presunto incumplimiento de esas condiciones. Ambos habían advertido al salir de la cárcel que no tenían intención de acatar ninguna imposición del régimen.
A principios de junio trascendió también la revocación de la excarcelación de otra presa política, Donaida Pérez Paseiro, sacerdotisa yoruba y residente en Placetas. La villaclareña había sido condenada a ocho años de prisión por “desorden público”, “desobediencia”, “desacato” y “agresión”, también en el contexto del 11J. En su caso, el tribunal hizo pública la suspensión del beneficio, alegando que hubo “incumplimiento de las obligaciones esencialmente en el ámbito laboral y por no acudir a la citación del juez de Ejecución”.
El primer caso de retirada del beneficio fue el de Jaime Alcide Firdó, excarcelado el 18 de enero y llevado de nuevo a prisión a principios de abril, presuntamente por haber rechazado convertirse en confidente de la Seguridad del Estado. El joven, de 25 años, cumplía una pena de siete años de cárcel por sedición, tras haber formado parte de las protestas del 11J en La Güinera.