Un tribunal de Camagüey vincula con EE UU a un condenado a pena perpetua por agredir a una policía
Camagüey
'Granma' publica un texto sobre 'Firmeza en la prevención y el enfrentamiento al terrorismo'
Madrid/Osvaldo Fernández Pichardo, un hombre detenido el pasado año tras agredir con arma blanca a una agente de policía en la ciudad de Camagüey, fue condenado a cadena perpetua por los delitos de terrorismo y portación y tenencia de armas. En la información, divulgada este lunes en Televisión Cubana, se apuntó como instigador de la agresión a un ciudadano con residencia en EE UU.
El ataque se produjo el pasado 29 de mayo en el boulevard de Camagüey, cuando Fernández Pichardo atacó a la policía por la espalda, según se pudo observar en un video difundido como prueba durante el juicio y emitido este lunes en televisión. La prensa oficial contó entonces la detención del sujeto, al que acusaba de haber ingerido bebidas alcohólicas. La agente quedó malherida, “con riesgo inminente para la vida”, aunque se recuperó con posterioridad.
Es ahora cuando el oficialismo ha vinculado el suceso con “una persona mencionada en el proceso investigativo quien reside en Estados Unidos y posee un amplio activismo contra la Revolución cubana”. Este individuo, cuyo nombre no ha sido publicado, habría supuestamente ofrecido 600 dólares a Fernández Pichardo para que agrediera a un miembro del cuerpo policial “en un lugar público” con el fin de “provocar temor en las personas, alterar el orden y fomentar sentimientos de inseguridad en la población”.
Este individuo, cuyo nombre no ha sido publicado, habría supuestamente ofrecido 600 dólares a Fernández Pichardo para que agrediera a un miembro del cuerpo policial “en un lugar público”
En la información se destacó, además, que la fuerte complexión física del agresor jugó un papel relevante no solo en el acto, sino en cómo se fue del lugar “de manera amenazante”.
La sala primera de lo Penal del Tribunal Provincial lo condenó, además de a la pena principal de prisión perpetua, a otras sanciones accesorias, como a indemnizar a los perjudicados.
“Los agentes de la Policía Nacional Revolucionaria tienen dentro de sus funciones la de garantizar el orden público y la tranquilidad ciudadana. Es por ello que este suceso delictivo fue ampliamente repudiado cuando se conoció; y, hoy, en nombre del pueblo, los tribunales impusieron una sanción excepcional, rigurosa y proporcional a la gravedad del hecho”, ha remarcado la información, que también destaca –como es habitual– que se cumplieron las garantías procesales.
La noticia aparece también este martes en primera plana del diario Granma –y en la página dos de su edición impresa–, precisamente junto a una nota firmada por Bileardo Amaro Guerra, el fiscal jefe de departamento de la Dirección de Enfrentamiento y Prevención a la Corrupción y las Ilegalidades que destaca la “firmeza en la prevención y el enfrentamiento al terrorismo”, un tema de permanente disputa con EE UU, que mantiene a Cuba en la lista de Estados patrocinadores del terrorismo y también en la de los Estados que no cooperan contra ese delito.
El texto reivindica la lucha del régimen contra un delito que “ha sufrido”, generalmente “organizado y financiado desde EE UU” y cita varios casos en los que “a pesar de aportar evidencias de los organizadores y patrocinadores (...) ha primado la impunidad”.
El texto reseña la legislación nacional o internacional ratificada por Cuba vigente en el país, incluyendo las penas de entre 10 y 30 años para delitos de terrorismo, que –como en el caso de Fernández Pichardo– pueden suponer prisión perpetua o muerte “para las modalidades más graves”.
En el texto también se define el delito de terrorismo y otras modalidades dirigidas a generar el terror –incluyendo actos contra la seguridad en navegación marítima y aviación o contra el uso de los medios informáticos.
“Un análisis particular en las circunstancias actuales requiere el delito de financiamiento al terrorismo, que ha sido utilizado por organizaciones terroristas radicadas en el exterior"
“Un análisis particular en las circunstancias actuales requiere el delito de financiamiento al terrorismo, que ha sido utilizado por organizaciones terroristas radicadas en el exterior. El Código sanciona al que recaude, transporte, provea o tenga en su poder, fondos o recursos financieros o materiales, con el propósito de que se utilicen en alguno de los delitos ya enunciados”, agrega la nota, que advierte del rigor con el que se juzgarán estos casos que continúan realizándose “en el presente”.
El hecho de que el texto repase la lista de personas y entidades consideradas terroristas por el régimen y su alegato final en defensa de que “no habrá impunidad para los implicados en estos actos criminales” hace pensar, no tanto en casos como el de Fernández Pichardo, sino en otro asunto de mayor relevancia en estos momentos: el caso de la lancha procedente de EE UU interceptada el pasado febrero en Villa Clara.
Los 10 ocupantes –cinco de los cuales fallecieron tras los disparos de los guardafronteras cubanos, cuatro de ellos en el acto y otro tras varios días hospitalizado– “tenían intenciones de realizar una infiltración con fines terroristas”, según las autoridades, que investigan el caso en colaboración con el FBI.