Revalidan la pena de muerte en Cuba para "defender la Revolución frente a las gravísimas amenazas"

La nueva Ley del Código Penal militar sube a dos años de cárcel la sanción mínima para quien evada el servicio obligatorio

Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular, frente al Parlamento cubano este jueves, en el momento en que defiende la pena de muerte. (Canal Caribe/Captura)
Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular, frente al Parlamento cubano este jueves, en el momento en que defiende la pena de muerte. (Canal Caribe/Captura)
14ymedio

21 de julio 2023 - 11:35

Madrid/La larga intervención este jueves del presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, ante la Asamblea Nacional del Poder Popular, para presentar la Ley del Código Penal Militar tuvo su momento más destacado en el alegato que hizo el funcionario de la pena de muerte en la Isla.

Al defender que en la nueva norma se reducen los delitos por los que una persona puede ser sancionada con la pena capital, Ferro recordó que no se aplica una "sanción de muerte" desde hace veinte años, desde "aquellos acontecimientos del secuestro de la lancha y toda aquella situación que se dio".

Con esas palabras se refirió el presidente del Supremo al robo en 2003, por parte de un grupo de en su mayoría jóvenes, de la lancha que hacía el trayecto entre Regla y La Habana Vieja con el objetivo de llegar a Estados Unidos. La embarcación se quedó pronto sin combustible y fueron arrestadas y procesadas diez personas. Entre ellas, a los nueve días, tras un juicio sumarísimo, fueron fusilados Lorenzo Copello, Bárbaro Sevilla y Jorge Martínez.

"No hay una declaración oficial al respecto, pero todo este tiempo transcurrido es una especie de moratoria no declarada", dijo Ferro respecto a la pena de muerte. "Eso no quiere decir que no exista y está en varias figuras delictivas, las más graves", especificó, poniendo como ejemplo el "delito de terrorismo", justamente por el que fueron condenados los secuestradores de la lanchita de Regla, a pesar de que solamente querían huir de la Isla.

"La tenemos que tener ahí como un elemento de defensa de nuestra sociedad, como defensa de nuestro Estado, de nuestra Revolución, frente a las gravísimas amenazas en las que permanentemente vivimos"

El presidente del Tribunal Supremo justificó: "La tenemos que tener ahí como un elemento de defensa de nuestra sociedad, como defensa de nuestro Estado, de nuestra Revolución, frente a las gravísimas amenazas en las que permanentemente vivimos. Y también para la tranquilidad ciudadana".

Tras la comparecencia de Ferro, como era previsible, los diputados aprobaron la Ley del Código Penal Militar, que actualiza la Ley de los Delitos Militares de 1979.

El objetivo, según el Gobierno, era "consolidar la seguridad jurídica, la protección de los derechos ciudadanos, la institucionalidad, la disciplina militar, social y el orden interior, en conformidad además con los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución".

Entre las novedades de la norma subrayadas por la prensa oficial se encuentra que elimina determinados tipos delictivos que ya recoge el nuevo Código Penal, aprobado el año pasado, y que, según las autoridades, "se atempera al contenido de los tratados internacionales en vigor para la República de Cuba, tales como la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, los Convenios de Ginebra y sus dos protocolos adicionales".

La ley presume de establecer "un tratamiento penal diferenciado para los mayores de 16 y menores de 18, para cumplir con los preceptos de la Convención de los Derechos del Niño". Sin embargo, conserva de la ley anterior las penas de cárcel para los jóvenes que evadan el ahora llamado servicio militar activo (SMA). Si en la norma de 1979 podía sancionarse de uno a cinco años de prisión a los que no cumplan con esta obligación, ahora pueden ser entre dos y cinco.

El abuso de cadetes del SMA en labores para los que no están preparados tuvo su episodio más trágico en el desastre de los Supertanqueros de Matanzas, donde varios de ellos perdieron la vida en las imposibles labores de extinción del fuego. La semana pasada, otro incendio, esta vez en Manzanillo (Granma), costó heridas a algunos reclutas.

A esta Redacción han llegado, además, testimonios de las condiciones en que los jóvenes cubanos son reclutados para lo que el régimen considera "un honroso deber" y obligados a realizar tareas de carga en contenedores hasta de represión a manifestantes.

Los reportes de muertes por accidentes, suicidios y asesinatos entre los reclutas rara vez son mencionados en la prensa oficial cubana. Sin embargo, periodistas independientes han registrado numerosos incidentes que, en muchos casos, involucran el uso de las armas reglamentarias.

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