Siete menores condenados por el 11J en Cuba no cumplirán penas de cárcel tras un "análisis especial"

El Tribunal Supremo rebaja en casación las sentencias contra los manifestantes de la esquina de Toyo, aunque no retira el delito de sedición

Momento en que varios jóvenes vuelcan una patrulla en la esquina de Toyo, La Habana, el pasado 11 de julio. (Facebook)
Momento en que varios jóvenes vuelcan una patrulla en la esquina de Toyo, La Habana, el pasado 11 de julio. (Facebook)
14ymedio

21 de junio 2022 - 12:40

Madrid/Los más de 30 condenados por su participación en las manifestaciones del 11J en la esquina de Toyo, en La Habana, donde una patrulla policial volcada se volvió símbolo de las protestas ese día, han visto reducidas sus penas por el Tribunal Supremo Popular (TSP) de Cuba tras la vista de casación, celebrado en el Tribunal Municipal de Diez de Octubre el pasado 27 de mayo.

La sentencia, firmada este lunes y a la que ha tenido acceso 14ymedio, confirma lo que la plataforma Justicia 11J adelantó el mismo día del juicio de apelación, que se preveían "cambios de medida" a los más jóvenes.

Así, la pena impuesta a Rowland Jesús Castillo Castro, de 17 años en el momento de la detención y condenado a 18 años de cárcel, pasa a ser 5 años de "privación de libertad subsidiados por igual término de trabajo correccional con internamiento", la misma adjudicada a Kevin Damián Frómeta Castro (de 19 años y condenado previamente a 16 de cárcel) y Kendry Miranda Cárdenas (de 17 y condenado a 19 años).

A otro joven, Lauren Martínez Ibáñez, de 18 años, también le fue impuesta la misma reducción "por razón de justicia y equidad", a pesar de no haber presentado el recurso de casación

A otro joven, Lauren Martínez Ibáñez, de 18 años, también le fue impuesta la misma reducción "por razón de justicia y equidad", a pesar de no haber presentado el recurso de casación. Justicia 11J había alertado de que la familia del muchacho no tenía recursos para presentar apelaciones.

"Las sanciones privativas de libertad y la de trabajo correccional con internamiento las cumplirán los sancionados en el establecimiento penitenciario que designe el Ministerio del Interior", detalla el documento legal.

Por su parte, a Brandon David Becerra Curbelo, de 17 años en el momento de los hechos y condenado a 13 años de privación de libertad, a Rafael Jesús Núñez Echenique (condenado a 12 años) y a Giuseppe Belauzarán Guada (de 17 años y condenado a 10 años) a les "subsidian" una pena de 5 años de trabajo correccional sin internamiento.

Brayan Piloto Pupo (de 16 años y condenado previamente a 10 años) y Lázaro Noel Urgellés Fajardo (de 17 y condenado a 14 años) obtuvieron un cambio a 5 años de "limitación de libertad".

El encarcelamiento de menores tras las manifestaciones pacíficas del 11J ha sido denunciado por organizaciones como Prisoners Defenders e instituciones internacionales como Unicef, pero hasta ahora los tribunales cubanos habían hecho caso omiso. El pasado mayo, el Comité de la ONU contra la Tortura calificó de "alarmante" el "alto número de detenciones" en Cuba tras las protestas y se refirió a los jóvenes encarcelados.

Los procesados "cuyas edades al momento de cometer los hechos oscilaban entre los 16 y los 19 años de edad merecen un análisis especial"

Aunque el mandatario Miguel Díaz-Canel había asegurado que en las prisiones cubanas no había menores de edad encarcelados y que las altas condenas a jóvenes de 16 y 17 años se habían realizado con "suma racionalidad judicial", en la sentencia de este lunes, consignada por los jueces Plácido Batista Veranes, Alina de Fátima Santana Echerri, Paula Joaquina Rodríguez Sánchez, Marta Elena de Armas Castillo y Lázaro Máximo León Pelegrín, se lee que los procesados "cuyas edades al momento de cometer los hechos oscilaban entre los 16 y los 19 años de edad merecen un análisis especial".

Y justifican: "Cuba siempre ha tenido entre sus prioridades la atención al desarrollo integral de la juventud. Es signataria de la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989, lo que la ha obligado a trazar estrategias que permitan acatar sus postulados. Para ello se han adoptado diversas medidas legales encaminadas a fortalecer los derechos y garantías de los comisores de delitos en ese rango etario, dentro de las que se encuentran las decisiones judiciales, que deben ser el reflejo de esa voluntad estatal".

El texto también argumenta a favor de reducir las penas a las dos únicas mujeres procesadas por los hechos, Yunaiky de la Caridad Linares Rodríguez, de 24 años y sentenciada previamente a 14 de cárcel, y Daisy Rodríguez Alfonso, de 38 y condenada a 16 de prisión.

Ambas cumplirán una condena de 8 años por haber tenido "una participación menos relevante en el delito" y ser merecedoras de atenuante. La primera, "de normal desempeño cívico, conocida en su comunidad por vincularse a las labores de las organizaciones sociales que, ante los jueces de casación, pidió una oportunidad, lo que habla a favor de sus posibilidades de enmienda", refiere la sentencia. "La segunda, enferma de VIH-SIDA y con afecciones cancerígenas".

A pesar de las reducciones de las penas, que se dan tras decenas de denuncias en instancias internacionales, el TSP rechazó tajantemente desconsiderar el delito de sedición por el que todos fueron condenados

A pesar de las reducciones de las penas, que se dan tras decenas de denuncias en instancias internacionales, el TSP rechazó tajantemente desconsiderar el delito de sedición por el que todos fueron condenados (dos de ellos, Giuseppe Belauzarán Guada y Lázaro Noel Urgellés Fajardo, fueron acusados también de hurto), tal y como pidió la defensa de la mayoría de los que recurrieron.

"Los acusados, indistintamente, plantean que no existió perturbación del orden constitucional, que sus motivaciones no eran de ese tipo, que se sumaron a la concentración de personas sin saber los reales propósitos que perseguían, que no existió acuerdo preconcebido para actuar de esta manera y niegan el uso de la violencia contra la autoridad y los representantes de las instituciones del Estado", desgrana la sentencia, que asevera que la regulación del delito de sedición "está en correspondencia con la declaración que consta en el Artículo 4, párrafo tercero de la Constitución de la República", es decir: que el sistema socialista es irrevocable.

Así quedan las penas de los procesados de la esquina de Toyo tras la vista de casación:

  1. Juan Emilio Pérez Estrada, 17 años de privación de libertad (condenado previamente a 21 años)
  2. Alexis Borges Wilson, 17 años (condenado a 20 años)
  3. Jorge Vallejo Venega, 15 años (condenado a 20 años)
  4. Duannis Dabel León Taboada, 14 años (condenado a 19 años)
  5. Dayan Gustavo Flores Brito, 14 años (condenado a 18 años)
  6. Asley Nelson Cabrera Puentes, 14 años (condenado a 25 años)
  7. Ronald García Sánchez, 14 años (condenado a 20 años)
  8. Donger Soroa González, 14 años (condenado a 20 años)
  9. Yoanky Báez Albornoz, 14 años (condenado a 23 años)
  10. Adael Jesús Leyva Díaz, 13 años (condenado a 19 años)
  11. Henry Fernández Pantera, 13 años (condenado a 21 años)
  12. Francisco Eduardo Soler Castaneda, 13 años (condenado a 18 años)
  13. Oriol Hernández Gálvez, 13 años (condenado a 15 años)
  14. Óscar Bravo Cruzata, 13 años (condenado a 18 años)
  15. Ricardo Duque Solís, 12 años (condenado a 18 años)
  16. Luis Armando Cruz Aguilera, 10 años (condenado a 15 años)
  17. Yussuan Villalba Sierra, 10 años (condenado a 18 años)
  18. Adrián Oljales Mora, 10 años (condenado a 14 años)
  19. Edel Cabrera González, 10 años (condenado a 15 años)
  20. Alexander Ayllón Carvajal, 8 años (condenado a 20 años)
  21. Yunaiky de la Caridad Linares Rodríguez, 8 años (condenada a 14 años)
  22. Daisy Rodríguez Alfonso, 8 años (condenada a 16 años)
  23. Rowland Jesús Castillo Castro, 5 años de trabajo correccional con internamiento (condenado a 18 años)
  24. Kevin Damián Frómeta Castro, 5 años de trabajo correccional con internamiento (condenado a 16 años)
  25. Lauren Martínez Ibáñez, 5 años de trabajo correccional con internamiento
  26. Kendry Miranda Cárdenas, 5 años de trabajo correccional con internamiento (condenado a 19 años)
  27. Brandon David Becerra Curbelo, 5 años de trabajo correccional sin internamiento (condenado a 13 años)
  28. Rafael Jesús Núñez Echenique, 5 años de trabajo correccional sin internamiento (condenado a 12 años)
  29. Lázaro Noel Urgellés Fajardo, 5 años de trabajo correccional sin internamiento (condenado a 14 años)
  30. Brayan Piloto Pupo, 5 años de limitación de libertad (condenado a 10 años)
  31. Giuseppe Belauzarán Guada, 5 años delimitación de libertad (condenado a 10 años)

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