La justicia de EE UU libera a un migrante cubano y cierra el caso de un matrimonio ya deportado
Migración
Dos fallos judiciales dictados con apenas 24 horas de diferencia ponen de relieve las diferencias procesales en estos casos
Madrid/Tres cubanos amenazados de deportación en Estados Unidos han recibido esta semana respuestas judiciales muy diferentes. Un tribunal federal de apelaciones cerró este miércoles el caso de un matrimonio que había sido expulsado del país mientras intentaba frenar la medida, mientras una jueza de Nevada ordenó la liberación de otro ciudadano cubano y prohibió al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) deportarlo a México sin ofrecerle las debidas garantías procesales.
Las decisiones, adoptadas con apenas 24 horas de diferencia, ilustran las diferencias entre los recursos judiciales disponibles para los inmigrantes que intentan impugnar su detención o expulsión, en un contexto en el que Washington recurre cada vez más a terceros países para ejecutar deportaciones que no puede realizar directamente a Cuba.
El primer caso corresponde a Yoel Pitaluga Núñez y Dayami Roldán Cruz, un matrimonio que ingresó a Estados Unidos el 13 de enero de 2024 mediante el programa de parole humanitario establecido por la Administración de Joe Biden. Después de cumplir un año en territorio estadounidense, ambos solicitaron, el 17 de enero de 2025, la residencia permanente al amparo de la Ley de Ajuste Cubano.
Sin embargo, sus planes quedaron truncados el 6 de julio de 2025, cuando fueron interceptados durante un control de tráfico en Key West, Florida, por una presunta infracción relacionada con el tintado de los cristales del vehículo. Según sus abogados, ninguno tenía antecedentes penales conocidos. Las autoridades migratorias iniciaron contra ellos un procedimiento de deportación expedita, pese a que habían ingresado con un permiso humanitario y mantenían pendientes sus solicitudes de residencia.
La demanda tampoco consiguió detener su expulsión: ambos fueron deportados mientras su apelación permanecía abierta
El matrimonio presentó una petición de hábeas corpus para impugnar su detención y conseguir que sus expedientes fueran examinados mediante un procedimiento migratorio ordinario. La demanda tampoco consiguió detener su expulsión: ambos fueron deportados mientras su apelación permanecía abierta.
En una sentencia emitida este miércoles, el Tribunal Federal de Apelaciones del Undécimo Circuito desestimó la parte del recurso relacionada con la detención, al considerar que había perdido su objeto una vez ejecutada la deportación. También confirmó que el tribunal inferior carecía de jurisdicción para examinar las reclamaciones restantes contra el procedimiento de expulsión expedita.
La resolución señala además que la defensa no desarrolló suficientemente algunos argumentos planteados en primera instancia, por lo que estos se consideraron abandonados durante la apelación. El tribunal no llegó a pronunciarse sobre la legalidad de todos los aspectos de la deportación, sino sobre los límites de su competencia para revisar el procedimiento. Los documentos judiciales revelan, además, que las autoridades notificaron a la pareja la posibilidad de deportarlos a México, aunque la sentencia no precisa a qué país fueron enviados finalmente.
Roldan había llegado a Estados Unidos en 2013 como residente permanente legal
La situación fue muy diferente para Yunior Roldan, otro ciudadano cubano que llevaba casi cinco meses detenido por el ICE después de que las autoridades intentaran expulsarlo también a México. En una resolución firmada este martes 27 de octubre, la jueza federal Gloria M. Navarro, del Distrito de Nevada, aceptó su petición de hábeas corpus y ordenó su liberación inmediata, bajo condiciones de supervisión.
Roldan había llegado a Estados Unidos en 2013 como residente permanente legal. Tras una condena penal, recibió una orden de deportación a Cuba el 25 de mayo de 2018, pero el ICE no consiguió ejecutarla. Tres meses después fue puesto en libertad bajo supervisión migratoria.
El 4 de junio de este año volvió a ser detenido, después de que las autoridades locales lo arrestaran en virtud de una orden judicial pendiente. El ICE revocó su libertad supervisada, invocando una condena penal de aproximadamente cuatro años antes, y le comunicó que sería deportado a México. El cubano se negó a firmar la notificación porque no consentía su traslado a ese país. Según recoge la sentencia, tampoco tuvo oportunidad de presentar una reclamación basada en el temor a sufrir persecución o tortura en el territorio de destino.
A finales de 2025 había al menos 34.000 cubanos con órdenes firmes de deportación que no habían podido ser expulsados a la Isla
La jueza consideró que su detención vulnera la Quinta Enmienda de la Constitución estadounidense, que protege el derecho al debido proceso. Para fundamentar su decisión, recurrió a un precedente del Tribunal Supremo que limita la detención migratoria prolongada cuando no existe una probabilidad significativa de ejecutar la deportación en un futuro razonablemente previsible.
Uno de los datos más reveladores de la resolución es que, según la defensa de Roldan, a finales de 2025 había al menos 34.000 cubanos con órdenes firmes de deportación que no habían podido ser expulsados a la Isla. La magistrada citó esa cifra, procedente de otro expediente judicial, al examinar las dificultades para ejecutar la deportación del demandante.
La resolución prohíbe al ICE volver a detener a Roldan sin demostrar un cambio de circunstancias que haga razonablemente previsible su deportación. Asimismo, impide mandarlo a un tercer país sin una notificación adecuada y sin darle la oportunidad de solicitar la reapertura de su procedimiento migratorio para reclamar protección.
Los dos casos se producen mientras Estados Unidos amplía sus acuerdos para expulsar migrantes hacia países distintos de los de origen. En septiembre, más de 25.000 personas habían sido enviadas a terceros países desde enero de 2025, la mayoría a México.