El régimen juzgará por "terrorismo" y en ausencia a dos activistas de Cuba Primero exiliados
Cuba
Miguel Gómez Bártulos y Seriocha Humberto Fernández Rojas, residentes en EE UU, están acusados por dos delitos no relacionados entre sí
Madrid/La Fiscalía cubana ha notificado este miércoles a través de la Gaceta Oficial que los juicios por presuntos delitos de terrorismo a Miguel Gómez Bártulos y Seriocha Humberto Fernández Rojas seguirán adelante a pesar de la ausencia de los imputados. Ambos están acusados por dos hechos no vinculados entre sí y fueron citados en agosto de 2025 para comparecer ante los tribunales, pero al no haber respondido, los procesos continuarán sin ellos.
Miguel Gómez Bártulos, residente en EE UU desde el 22 de diciembre de 2017 y conocido en redes como Micki Terrory, está acusado de haber “orientado y financiado” los incendios cometidos por residentes en Cuba: uno en un pozo petrolero ubicado en La Conchita, municipio de Cárdenas (Matanzas), y otro en la réplica del Yate Granma del Palacio Central de Pioneros Ernesto Che Guevara, en el Parque Lenin de La Habana.
Al hallarse fuera del país, Gómez Bártulos fue citado a través de la Gaceta Oficial el pasado año, pero “al no comparecer al llamado de la autoridad, en fecha 3 de septiembre de 2025, el fiscal dictó auto declarándolo en rebeldía y, a solicitud de las autoridades del Ministerio del Interior, la ministra de Justicia ha instado a quien suscribe para proceder con la continuidad del proceso en ausencia”, indica la notificación.
“Ellos tienen que probar que yo financié, perpetré o que organicé esas acusaciones falsas que están diciendo”
En aquel momento, el activista reconoció a Telemundo que formaba parte de un grupo anticastrista en el exilio –Cuba Primero, designada “organización terrorista” por el régimen de La Habana– que se dedicaba a promover acciones en la Isla, aunque, según su versión, ninguna violenta. “Ellos tienen que probar que yo financié, perpetré o que organicé esas acusaciones falsas que están diciendo”, dijo a la televisión.
En la Gaceta de este miércoles aparece otra notificación del mismo tipo, en este caso para Seriocha Humberto Fernández Rojas, miembro también de Cuba Primero y designado, él mismo, como “terrorista” buscado en la lista nacional. En su caso, la acusación se refiere a hechos similares: los incendios cometidos por otros imputados en el mismo proceso, en la tienda La Mariposa, situada en Santa Clara (Villa Clara) y en la Oficina de Atención Militar número 6, del municipio Diez de Octubre (La Habana).
Fernández Rojas abandonó el territorio nacional el 9 de enero de 2020 y reside EE UU, por lo que también fue notificado para comparecer en julio de 2025 y, no habiendo respondido a la citación, fue también declarado en rebeldía y el juicio seguirá adelante sin él. El texto pide, como en el caso de Gómez Bártulos, que “se continúe en ausencia hasta su resolución definitiva y que este sea considerado parte en el proceso penal”.
Esta medida está amparada en la Ley de Proceso Penal, que desde su entrada en vigor en 2022 permite que personas que no están en el país sigan siendo juzgadas siempre y cuando hayan sido notificadas para tener la oportunidad de personarse y defenderse. La figura del juicio en ausencia, que antes no existía en la Isla, es muy controvertida aunque la mayoría de países del mundo la permiten en determinadas condiciones. Es la primera vez, que se sepa, que se notifica en Cuba.
Las organizaciones de derechos humanos son críticas con estos procesos, porque impiden una defensa adecuada, pero muchos juristas argumentan que es necesaria para evitar la prescripción de los delitos si un acusado no está en el país.
Desde sus medios de comunicación, el régimen cubano ha advertido de que este mecanismo sería usado para juzgar a quienes considera terroristas, incluyendo al 'influencer' Alexander Otaola
En marzo de 2021, el jefe del Departamento de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República, José Luis Reyes Blanco, intervino en el programa de Humberto López, Hacemos Cuba, donde aprovechó para explicar esta figura y el carácter excepcional que tendría. “En Cuba tenemos el procedimiento expedito en nuestra Ley de Procedimiento Penal, que también será adecuada en los próximos meses, pero la que tenemos perfectamente recoge el procedimiento, la forma en que debe ejecutarse ese tipo de proceso y juzgar en ausencia a aquellas personas; o hacer algún tipo de cooperación jurídica internacional, trasladarle al Estado donde se encuentre los hechos que ha cometido, si son hechos delictivos”, dijo.
Desde sus medios de comunicación, el régimen cubano ha advertido de que este mecanismo sería usado para juzgar a quienes considera terroristas, incluyendo al influencer Alexander Otaola, que aprovechó su programa para mofarse de la mera posibilidad. “Ojalá pase, porque qué manera de reírnos. Imagínate yo aquí, analizando mi juicio, yo mismo aquí analizando el juicio y las pruebas en mi contra”, dijo.
El experto Eloy Vieira, por su parte, publicó un análisis en El Toque para analizar la figura legal y compararla con la que se aplica en otros estados garantistas. “Juzgar en ausencia a quien convoque una manifestación pacífica en Cuba desde el extranjero, o a quien recargue el teléfono de quien decida manifestarse en el archipiélago, solo demostraría la intolerancia del Gobierno cubano y la capacidad de usar la ley para legitimar el destierro de sus ciudadanos”, expuso.
En cualquier caso, son varios los procesos que ha emprendido el régimen contra activistas de Cuba Primero. Una de las acusaciones contra el rapero Fernando Almenares Rivera, conocido como Nando OBDC, fue precisamente recibir “indicaciones” del cubanoamericano Armando Labrador Coro, “miembro activo y presidente de la organización contrarrevolucionaria denominada Cuba Primero”, de acuerdo con la sentencia que, el pasado enero, condenó al artista a cinco años de prisión. Su delito, pintar en una sábana “frases contrarrevolucionarias”, como “Cuba Primero en las calles por los derechos humanos”, “queremos cambios ya Cuba Primero” y “Cuba Primero en las calles”.
En una de las visitas que Eva Rivera, madre del rapero, le hizo en prisión –en la que estuvo más de un año sin juicio– el instructor del caso le dijo que estaban procesando a su hijo por un delito relacionado “con un incendio ocurrido en el parque Lenin, el pasado 30 de diciembre”, algo que la familia negó rotundamente, pero que es uno de los cargos que imputan a Gómez Bártulos.
En octubre de 2025, fueron condenado otros tres activistas de Cuba Primero: Daniel Alfaro Frías, José Antonio Pompa López y Lázaro Mendoza García –a nueve, ocho y cinco años de prisión, respectivamente–, en un juicio que las organizaciones denunciaron fue manipulado.