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¿Quién será designado como presidente de la República de Cuba en abril de 2028?

Una hipótesis fundamentada en datos frente a dos argumentos demoledores

Todas las variables mencionadas están sujetas a la capacidad de decisión que conserve Raúl Castro en abril de 2028 / EFE
Reinaldo Escobar

15 de abril 2024 - 21:46

La Habana/Los más demoledores argumentos frente a las hipótesis que aquí se presentan son dos expresiones en puro y duro lenguaje popular: "Tú sabes que esta gente hace lo que les da la gana" y "Aquí puede pasar cualquier cosa en cualquier momento".

Saltando por encima de esas obviedades y partiendo de otra hipótesis de dudoso cumplimiento, que sería que Miguel Díaz-Canel culmine sin tropiezos su segundo mandato presidencial, aquí se intenta responder a eso que los académicos llaman "el problema científico" y que se expresa en la siguiente pregunta: ¿quién será designado como presidente de la República de Cuba en abril de 2028?

Faltan cuatro años y parece prematuro hacer pronósticos, pero será durante ese tiempo cuando se puedan producir los movimientos, o mejor, las movidas, que traerán como consecuencia que "la magna designación" no sea una sorpresa para nadie.

En cualquiera de los países presumiblemente democráticos donde se realizan elecciones presidenciales, las especulaciones en torno al posible vencedor se fundamentan en la voluntad del electorado para elegir a uno entre varios candidatos. Para ganar la aceptación de los votantes, los políticos hacen campañas a favor de sus plataformas, a través de los medios de difusión y en actos públicos. Aventuran promesas y descalifican a sus adversarios.

En Cuba nada de eso funciona. Las comisiones de candidatura integradas por supuestas entidades de la sociedad civil, controladas por el Partido Comunista, son quienes proponen a los candidatos a diputados. En las diez legislaturas que ha tenido la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) ni siquiera uno solo de los propuestos ha sido rechazado en las urnas. Una vez conformado el Parlamento, son esos diputados los que aprueban la propuesta que les presenta la comisión nacional de candidatura para presidente de la República. 

El mejor chiste que refleja esta situación sería preguntar ¿qué resultados arrojan las encuestas?

La ley electoral vigente establece que para ser presidente es requisito, entre otros, ser diputado, no sobrepasar los 60 años para ocupar el cargo en un primer mandato y tener más de 35. También se especifica que el período a permanecer en el cargo es de cinco años y no se puede tener más de dos mandatos. Estos preceptos están ratificados en la Constitución. 

Dado que el presidente de la República termina siendo también el primer secretario del Partido, es obvio que el designado no solo deberá ser un militante, sino también un cuadro que ya desempeñe cargos en la nomenclatura partidista y gubernamental, aunque eso no aparece por escrito en ninguna parte.

Como el segundo período de mandato de Miguel Díaz-Canel concluye en abril de 2028 es relativamente fácil averiguar quienes tendrán, para esa fecha, los requisitos de edad para ser tenidos en cuenta. Son datos públicos, basta escribir en el buscador de Google "Parlamento cubano" y agregarle un nombre.

Los datos que a continuación se relacionan han sido actualizados hasta el 15 de abril de 2024.

De los 471 integrantes que actualmente tiene listados la ANPP, (incluidos fallecidos, renuncias y destituidos), solo 348 cumplirán en el año 2028 la condición de ser mayor de 35 y no mayor de 60 años de edad. Para más precisión: en esa fecha, de los actuales diputados, 93 ya tendrán más de 60 años y otros 30 todavía tendrán menos de 35.

Justo antes de designar al próximo presidente se conformará la XI legislatura, pero puede suponerse que es poco probable que un "nuevo ingreso" en el Parlamento sea elegido para ocupar altos cargos, de manera que cualquier análisis o especulación sobre los más probables candidatos para el cargo de presidente habrá que hacerlo sobre la lista de los 471 diputados que registra hoy la ANPP.

De entre estos 348 postulables, atendiendo solo al requisito de la edad, uno pertenece al Buró Político y tres al Secretariado; nueve ocupan el cargo de primer secretario del PCC en alguna provincia; hay un un viceprimer ministro, un ministro y 14 integrantes del Consejo de Estado. 20 son miembros del Comité Central del Partido Comunista, aunque 4 de ellos no poseen otro cargo de los aquí mencionados.

Teniendo en cuenta que algunos ostentan más de una de las jerarquías aquí mencionadas, en total estamos hablando de 27 diputados presidenciables.

De entre esos 27, los que mejores oportunidades parecen tener son estos seis miembros del Comité Central del PCC / Collage

De entre esos 27, los que mejores oportunidades parecen tener son estos seis miembros del Comité Central del PCC:

La diputada Susely Morfa (1982) podría sumarse a esta lista si su próxima nueva tarea lo amerita.

A lo largo de los próximos cuatro años podrán producirse ascensos y destituciones que actualicen sustancialmente lo aquí previsto, pero la reforma más radical que lo modificaría todo sería que se tome la decisión de cambiar el requisito de la edad. 

Llegado a este punto se le agradece al lector que regrese a los dos demoledores argumentos que aparecen al inicio de este texto.

El  Artículo 228 de la Constitución, referido a las reformas de la carta magna, establece que "cuando la reforma se refiere a (…) las atribuciones o al período de mandato del Presidente de la República (…) se requiere, además, la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los electores en referendo convocado a tales efectos".

No está prevista la obligación de llevar a referendo la modificación del detalle de la edad, porque solo se mencionan explícitamente "las atribuciones" y "el período de mandato", no los requisitos. Así que, justamente aquellos ya mayorcitos que, teniendo una buena posición en las estructuras del poder pudieran ambicionar la presidencia, se verían tentados a promover esta modificación, aparentemente leve, pero determinante. Tendrían que promoverla en los próximos cuatro años y por eso hay que estar atentos.

Digamos que propongan elevar a "no mayor de 70" la edad para poder ocupar la presidencia por primera vez. Seguirían quedando fuera del juego los históricos, todos octo o nonagenarios, pero aparecerían en la competencia los lobos de la manada que ocupan los primeros sitios en "la cadena alimenticia".

Se trata de estos trece apóstoles de la continuidad donde aparecen en primer lugar estos seis integrantes del Buró Político / Collage

Se trata de estos trece apóstoles de la continuidad donde aparecen en primer lugar estos seis integrantes del Buró Político:

Con menores grados en la jerarquía habrá que tener en cuenta también a estos otros siete miembros del Comité Central / Collage

Con menores grados en la jerarquía habrá que tener en cuenta también a estos otros siete miembros del Comité Central:

El diputado Luis Antonio Torres Iríbar (1965) podría sumarse a esta lista si su próxima nueva tarea lo amerita.

Si el Parlamento cubano aprobara eliminar el requisito del límite de edad, podría regresar Machado Ventura o salir a flote Elián González.

Todas las variables aquí mencionadas están sujetas a la capacidad de decisión que conserve Raúl Castro en abril de 2028, cuando estaría a dos meses de cumplir los 97 años. Si él no estuviera disponible para imponer su voluntad, como lo hizo en 2018 con Miguel Díaz-Canel, puede suponerse que el proceso de designación del presidente podría estar más apegado a las reglas y sometido a un consenso.

Pero todo el mundo sabe que esta gente hace lo que les da la gana y que aquí puede pasar cualquier cosa en cualquier momento.

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